"Una gran democracia debe progresar o pronto dejará de ser o grande o democracia.."

martes, 10 de marzo de 2009

Convocatoria a elecciones internas

Bragado, 10 de marzo de 2009

VISTO: la convocatoria efectuada por el Comité de la Unión CívicaRadical de la Provincia de Buenos Aires y las facultades de los Comités de Distrito establecidas en la Carta Orgánica; y

CONSIDERANDO:
Que en el año 2009 la Provincia de Buenos Aires, conforme lo normado por la Constitución de la Provincia, y Ley Electoral 5109 deberá renovar sus representantes en: la Cámara de Diputados de la Nación, en las Cámaras de Senadores y de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, en los Concejos Deliberantes y en los Consejos Escolares.
Que es necesario de manera impostergable definir y elegir los candidatos que representarán a la Unión Cívica Radical en las próximas elecciones.
POR ELLO:
EL COMITÉ DE DISTRITO DE LA UNIÓN CÍVICA RADICAL RESUELVE:
ARTICULO 1º: Convocar a los afiliados a la Unión Cívica Radical del Partido de Bragado a elecciones internas a celebrarse en todo el territorio para el día 10 de mayo de 2009 entre las 8 y las 18 horas, a los efectos de elegir:
1) Treinta y cinco (35) Candidatos y Candidatas a Diputados y Diputadas Titulares al Congreso de la Nación y diez (10) suplentes, en representación de la Provincia de Buenos Aires
2) Siete (7) Candidatos y Candidatas a Senadores y Senadoras Titulares a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires y y cuatro (4) suplentes, en representación de la Cuarta Sección Electoral.
3) Ocho (8) Candidatos y Candidatas a Concejales y Concejalas Titulares del Partido de Bragado y cinco( 5) suplentes.
4) Tres (3) Candidatos y Candidatas a Consejeros y Consejeras Escolares Titulares del Partido de Bragado y tres (3) Suplentes.

ARTICULO 2º: La oficialización de listas vencerá el día 10 de abril de 2009, a las veinticuatro horas (24), debiendo presentarse ante la Junta Electoral de Distrito de Distrito las listas correspondientes a los pre-candidaturas a Concejales y Concejalas y Consejeros y Consejeras Escolares. Todas las postulaciones tienen el carácter de precandidaturas, sujetas a la aplicación normativa y a las estipulaciones de las alianzas electorales en que el partido participe, tanto para el orden de lista así como su exclusión por exceso.

ARTICULO 3º: La organización del acto electoral estará a cargo de la Junta Electoral de Distrito en orden a la normativa y reglamentaciones que emanaren de la Junta Electoral de la Unión Cívica Radical de la Provincia de Buenos Aires, con las facultades y deberes establecidos en la Carta Orgánica Partidaria.

ARTICULO 4º: De acuerdo a lo normado en el artículo 30, inciso c, de la Carta Orgánica, el complemento de la presente convocatoria será publicado por la Junta Electoral de Distrito con indicación de los lugares de votación y las autoridades de las mesas receptoras de votos.

ARTICULO 5º: Notificar a la Junta Electoral de Distrito y al Comité y la Junta Electoral de la Unión Cívica Radical de la Provincia de Buenos Aires

ARTICULO 6º: Publíquese y archívese.-
AMADEO MONACO Marcelo Elías
Secretario General Presidente

1 comentario:

  1. Quisiera contactarme con ustedes para hacerles una consulta, hay algun mail al cual me pueda dirigir

    gracias

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